La Jornada democrática en nuestra Institución se llevará a cabo el próximo 24 de febrero.
Los estudiantes elegirán personero y contralor para el año escolar vigente:
Recordemos las Funciones del PERSONERO ESTUDIANTIL.
- Además de las estipuladas en el artículo 28 del decreto 1860 son funciones del personero de los estudiantes:
- Estar atento al cumplimiento del Manual de Convivencia o Reglamento, derechos y deberes.
- Mantener comunicación permanente con los estudiantes.
- Proyectar una buena imagen del Colegio.
- Motivar el sentido de pertenencia entre los estudiantes y comunidad educativa.
- Dar cumplimiento a las propuestas de la candidatura.
- Apoyar las innovaciones pedagógicas, culturales, tecnológicas y artísticas en la institución.
FUNCIONES Y ATRIBUCIONES AL CONTRALOR ESTUDIANTIL:
Contribuir en la creación de una cultura del control social, del cuidado, buen uso y manejo de los recursos y bienes de la Institución Educativa, a través de actividades formativas y/o lúdicas, con el apoyo de la institución y de la Contraloría Departamental del Caquetá.
Promover los derechos ciudadanos relacionados con los principios de participación ciudadana y el ejercicio del control social en su institución con el apoyo de la Contraloría Departamental del Caquetá